Tras años de movilización incansable bajo el lema “¡Regularización Ya!”, el movimiento social ha logrado un cambio histórico. Este martes, el Consejo de Ministros ha dado luz verde al inicio del proceso para una regularización extraordinaria que beneficiará a cerca de 500.000 personas.
Desde Arcópoli, como entidad comprometida con los derechos humanos y la igualdad de las personas LGTBI+, te explicamos los detalles prácticos de este acuerdo entre el Gobierno y Podemos que busca poner fin a la invisibilidad administrativa de miles de vecinos y vecinas.
1. ¿Quién puede solicitar la regularización?
La gran noticia es la amplitud de esta medida. Pueden acogerse:
- Personas en situación irregular que demuestren haber vivido en España antes del 31 de diciembre de 2025.
- Solicitantes de asilo que hubieran registrado su petición hasta esa misma fecha, ofreciendo una salida a quienes se encontraban en un limbo jurídico.
- Requisito de permanencia: Debes acreditar que llevas al menos cinco meses de estancia continuada en el país en el momento de presentar la solicitud.
2. ¿Cómo demostrar que vives aquí?
Uno de los puntos clave del pacto es que el empadronamiento no es obligatorio. Se aceptará «cualquier documento público, privado o mezcla de ambos». Puedes usar:
- Facturas de luz, agua o internet a tu nombre.
- Informes o citas médicas y resguardos de servicios municipales.
- Contratos de alquiler, recibos de envío de dinero o abonos de transporte.
Importante: Ve recopilando desde hoy mismo cualquier documento que sitúe tu presencia en España durante estos últimos meses de 2025 y principios de 2026.
3. Plazos: ¿Cuándo hay que pedir los papeles?
Aunque el proceso se ha iniciado hoy, las solicitudes no empezarán de inmediato. Estos son los tiempos que maneja el Ministerio de Inclusión:
- Apertura de solicitudes: Se prevé que el plazo se abra a principios de abril de 2026.
- Fecha límite: El periodo para registrar peticiones estará abierto, en principio, hasta el 30 de junio de 2026.
- Protección inmediata: Una vez admitida a trámite tu solicitud, tendrás un permiso provisional que te permitirá trabajar y te protegerá frente a cualquier orden de expulsión mientras se resuelve tu expediente (máximo 3 meses).
4. ¿Qué tipo de permiso recibirás?
- Adultos: Una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena válida por un año. Al terminar, podrás pasar a un permiso ordinario.
- Hijos/as menores: La regularización es simultánea para los hijos menores que ya estén en España, y su permiso será mucho más estable: 5 años de vigencia.
¿Por qué esta medida es de justicia?
Esta regularización no es solo un trámite administrativo; es un reconocimiento a la dignidad. Según informes de Funcas, cerca del 91% de las personas en situación irregular en 2025 proceden de Latinoamérica.
¿Qué hacer ahora?
- Revisa tus documentos: Asegúrate de tener tu pasaporte en vigor (o inicia la renovación si está caducado).
- Guarda pruebas: No tires facturas, billetes de transporte o justificantes de servicios sociales.
- Mantente informada por canales oficiales: Sigue nuestras redes para conocer el día exacto en que se publique el formulario oficial en el BOE.
¿Eres una persona LGTBI+ migrante y necesitas asesoría?
En Arcópoli te informamos y acompañamos en este proceso.
